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Subvenciones para programas de fomento de la economía social para el año 2024. Programas 1º,2º,3º,4.º y 5º. Plazo: 30/09/2024.

 

 

Subvenciones para programas de fomento de la economía social para el año 2024. Programas 1º, 2º, 3º, 4.º y 5º.

 

 

CONVOCA:  Consejería de Economía, Hacienda y Empresa.

 

 

RESUMEN:

Fomentar y consolidar las estructuras representativas o asociativas de la Economía Social en la Región de Murcia, para la representación y defensa de sus intereses, el desarrollo de fines comunes y la difusión de su labor en la sociedad.

 

 

REQUISITOS:   

 

Programa 1º:

 

Requisitos de solicitud o iniciación

 

Estar inscrita en el Registro de Cooperativas o en el Registro Mercantil, según proceda.

Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia. Las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.

No estar incursa en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con Hacienda Pública del Estado y con sus obligaciones con la Seguridad Social.

Que el número inicial de socios trabajadores, dados de alta en la Seguridad Social en la empresa, sean los mínimos establecidos en las leyes que regulan las Sociedades Cooperativas y las Sociedades Laborales.

Solo se concederán ayudas a aquellas empresas que reúnan los requisitos necesarios para ser beneficiarias de las mismas desde el 1 de octubre del ejercicio anterior a la convocatoria a 30 de septiembre del año en curso.

 

Programa 2º:

 

Requisitos de solicitud o iniciación

Estar inscrita en el Registro de Cooperativas o en el Registro Mercantil, según proceda.

Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.

No estar incursa en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con Hacienda Pública del Estado y con sus obligaciones con la Seguridad Social.

Que el número inicial de socios trabajadores, dados de alta en la Seguridad Social en la empresa, sean los mínimos establecidos en las leyes que regulan las Sociedades Cooperativas y las Sociedades Laborales.

Solo se concederán ayudas a aquellas empresas que reúnan los requisitos necesarios para ser beneficiarias de las mismas desde el 1 de octubre del ejercicio anterior a la convocatoria a 30 de septiembre del año en curso.

 

Programa 3º :

 

Requisitos de solicitud o iniciación

Estar inscrita en el Registro de Cooperativas o en el Registro Mercantil, según proceda.

Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia. Las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.

No estar incursa en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con la Hacienda Pública del Estado y con sus obligaciones con la Seguridad Social.

Solo se concederán ayudas a aquellas empresas que reúnan los requisitos necesarios para ser beneficiarias de las mismas y cuyas inversiones estén realizadas y pagadas desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Para tener derecho a las subvenciones reguladas en este Programa la entidad solicitante deberá tener al menos dos (2) socios trabajadores o tres (3) trabajadores fijos por cuenta ajena, en ambos casos, con relación laboral por tiempo indefinido y a jornada completa, y haber realizado una inversión subvencionable mínima de 12.000,00 € excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable.

El número de socios trabajadores de la empresa, dados de alta en la Seguridad Social, deberán ser los mínimos establecidos en las leyes que regulan las Sociedades Cooperativas y las Sociedades Laborales.

 

Programa 4º:

 

Requisitos de solicitud o iniciación

Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.

Estar inscritos en el Registro de Cooperativas o en el Registro de Organizaciones Empresariales, según proceda.

Encontrarse al corriente del pago de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con la Hacienda Pública del Estado y con sus obligaciones con la Seguridad Social.

No estar incursa en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Deberá presentarse en la Dirección General competente en materia de economía social el proyecto completo y definitivo de la asistencia técnica realizada e irá firmada por técnico competente de la entidad solicitante, no admitiéndose anteproyectos de asistencias técnicas a realizar.

Las entidades beneficiarias deberán incorporar en todas las manifestaciones de promoción y difusión de las actividades objeto de ayuda, que éstas están subvencionadas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

 

Programa 5º:

 

Requisitos de solicitud o iniciación

Estar inscrita en el Registro de Cooperativas o en el Registro de Asociaciones Empresariales según proceda.

Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.

La Organización si es de carácter sectorial deberá tener asociados al menos veinte (20) empresas de economía social, y si tiene carácter intersectorial el número de empresas asociadas será al menos cincuenta (50).

Deberán disponer de personal técnico cualificado (Gerente, Secretario Técnico o Director Técnico) que garantice el cumplimiento de los fines de la organización.

No estar inscursa en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con la Hacienda Pública del Estado y con sus obligaciones con la Seguridad Social.

Incorporar en todas la manifestaciones de promoción y difusión, de la actividades objeto de ayuda, que éstas están subvencionadas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 

 

 

PLAZO DE SOLICITUD: 30/09/2024

  

 

 

MAS INFORMACION:       

 

 

Programa 1º: B.O.R.M 25/04/2024.

 

Programa 2º: B.O.R.M 25/04/2024.

 

Programa 3º: B.O.R.M 25/04/2024.

 

Programa 4º: B.O.R.M 25/04/2024.

 

Programa 5º: B.O.R.M 25/04/2024.