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InicioAyudas a los inquilinos: Bono Joven de Alquiler 2022. Plazo: del 25 de julio de 2022 al 30 de mayo de 2023.

Ayudas a los inquilinos: Bono Joven de Alquiler 2022. Plazo: del 25 de julio de 2022 al 30 de mayo de 2023.

 

AYUDAS A LOS INQUILINOS: BONO ALQUILER JOVEN 2022.

 

 

► REQUISITOS DE LOS DESTINATARIOS:

 

 

♦ Menores de 35 años, incluidos los 35 años (a fecha de solicitud).

 

♦ Ingresos familiares:         2021

               

 - Máximos: 3 veces IPREM: 24.318,84€.
               

 - En caso de habitación en alquiler, no se tendrán en cuenta los ingresos del resto de convivientes.

 

♦ Tener una fuente regular de ingresos: vida laboral de tres meses mínimo, en los seis meses inmediatamente anteriores, o seis meses desde el día de la solicitud.

 

♦ No tener otra vivienda en propiedad en territorio español (o no tener su uso y disfrute por diversas razones).

 

♦ Estar empadronado en el piso alquilado.

 

♦ Si se es extranjero no perteneciente a la Unión Europea, tener residencia legal en España.

 

♦ Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la seguridad social y por reintegro de subvenciones.

 

 

► REQUISITOS DEL PISO DE ALQUILER:

 

 

 

♦ No puede haber relación de parentesco con el arrendador (primer  o segundo grado de consanguinidad o afinidad).

 

♦ Vivienda habitual y permanente durante todo el período por el que se concede la ayuda (contrato de 12 meses mínimo, renovable según ley arrendamientos urbanos, LAU).

 

♦ Para el alquiler de una habitación, no es necesario que el contrato sea según la ley de arrendamientos Urbanos de 1994.

 

♦ Se podrá cambiar de piso de alquiler durante el período a tener en cuenta por la ayuda, pero deberá comunicarse esta circunstancia dentro de los 15 días siguientes a la firma del nuevo contrato y no puede haber una interrupción superior a un mes entre ellos.

 

♦ Mensualidad máxima de alquiler de la vivienda: 600€. De la habitación alquilada: 300€.

♦ Pago del alquiler: puede ser en metálico, por transferencia o domiciliación bancaria.

 

 

► AYUDAS:

 

 

 

♦ Cuantía de las ayudas: 250€

               

- Si hay varios solicitantes el dinero se dividirá entre ellos.

 

- Solo se abonará la cantidad correspondiente al alquiler (excluidos garaje, trastero, comunidad y gastos).

 

♦ Duración: 2 años (posibilidad de solicitar desde el 1 de enero de 2022 si ya se tenía contrato de alquiler)

 

 

► PLAZO DE SOLICITUD: del 25 de julio de 2022 al 30 de mayo de 2023 (incluido).

 

 

 

► ENLACE DE SOLICITUD: https://sede.carm.es  **ABIERTO**

 

 

·► PROCEDIMIENTO:

 

 

1º)     SOLICITUD DE LAS AYUDAS:

 

 

⇒ Documentación:

 

 

Solicitud de ayuda (web CARM).

 

 

Contrato de arrendamiento (según Ley de Arrendamientos Urbanos).

 

             - El contrato debe llevar unas cláusulas específicas:

 

1. (Identificación de las partes; Localización, identificación y referencia catastral; Duración del contrato, que será de 1 año o  más; Precio de la vivienda arrendada, forma y medio de pago).

 

2. (En caso contrario: Adjuntar un anexo al contrato, donde aparezcan dichas cláusulas).

 

 

Solicitud sin contrato: El contrato de alquiler debe formalizarse dentro de los tres meses siguiente a la notificación de resolución de la ayuda y enviada la documentación dentro de   tres meses siguientes, junto con el resto de documentos.

 

 

♦ Certificado o volante COLECTIVO de empadronamiento en el piso alquilado, solicitar en Ayuntamiento:

               

- presencialmente por Registro o

                 

- en sede electrónica, a través de instancia general en este enlace: https://aguilas.sedelectronica.es/info.

 

Nota Simple del Registro de la Propiedad (3,64€) (llevar contrato alquiler).

 

♦ Vida laboral o contrato de trabajo.

 

Renta 2021 o declaración responsable (si no se tiene obligación).

 

♦ Documentación de condición de especial vulnerabilidad.

 

Justificantes de pago de alquiler de mensualidades completas vencidas desde el 1 de enero de 2022 hasta el momento de solicitud.

 

► PAGO DE LAS AYUDAS:

 

El primer pago corresponderá con las mensualidades presentadas con la solicitud, siempre y cuando se cumplan el resto de requisitos de la convocatoria. El resto de pagos se producirá, previa solicitud y justificación por trimestres naturales vencidos.

 

Los justificantes del pago de la renta, que podrán consistir en justificantes de las transferencias realizadas, recibos bancarios que se hayan domiciliado, comprobantes de ingresos bancarios o los correspondientes recibos de los pagos realizados.

 

En todo caso, los justificantes de pago deberán contener como mínimo: el importe de la renta, la mensualidad a que corresponda (mes y año); la identidad de las personas arrendatarias/cedentes y arrendadoras/cesionarias y, en el caso que proceda, el IBAN donde se satisface la renta que deberá coincidir con el que aparece en el contrato.

 

 

► INFORMACIÓN DE INTERÉS:

 

 

¿Dónde dejar la documentación, solicitud de ayuda?

 

♦ Registro del Ayuntamiento de Águilas.

         

             - Teléfono: 968 41 88 00.


             - Cita previa: https://www.ayuntamientodeaguilas.org

 

♦ A través de la web de la CARM. Con clave pin, permanente, certificado electrónico o DNI electrónico: https://sede.carm.es

 

► NORMATIVA: 

 

- Extracto de la Orden de 8 de julio de 2022 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se convocan las ayudas correspondientes al «Bono Alquiler Joven».

 

- Extracto de la Orden de 15 de julio de 2022 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se modifica la convocatoria de las ayudas correspondientes al «Bono Alquiler Joven»

 

Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

 

- Corrección de errores del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

 

 

 

► OTROS DATOS DE INTERÉS:

 

 

♦ Informajoven de Águilas: 968 49 35 67   /   968 413 605    www.aguilasjuventud.com

 

♦ Información General de vivienda: 012  /968 36 20 00

 

♦ Página Web de La Comunidad Autónoma de Murcia:   http://www.carm.es/

 

♦ Renta 2021 o certificado de ingresos 2021 pedir en Hacienda:  https://sede.agenciatributaria.gob.es/

 

♦ Registro de la Propiedad, en Avd. Miguel de Cervantes, frente Colegio Mediterráneo. Teléfono: 968 413 411

 

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