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Pruebas sobre conocimiento de la legislación marítima española para el año 2026.

 

 

Pruebas sobre conocimiento de la legislación marítima española para el año 2026.

 

 

Requisitos de titulación y nacionalidad.
 
1. Podrán participar en la prueba sobre conocimiento de legislación marítima española los marinos con un título de competencia en vigor de los previstos en el capítulo II, III o VII del Convenio sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978 (Convenio STCW) con nivel de gestión, expedido por un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo como son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal,, Rumanía, Suecia, Islandia, Liechtenstein, Noruega, y la Confederación Suiza. Así mismo, podrán participar aquellos marinos con un título de competencia expedido por un país con el que la Dirección General de la Marina Mercante haya firmado el acuerdo a que se refiere el artículo 70.b) del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, como: República Argentina, República de Chile, República del Perú, República de Cuba, República de Ecuador, República de Uruguay, Republica de Ghana, República Árabe de Egipto, República de Georgia, República de Filipinas, República de Cabo Verde y Reino de Jordania, República de Ucrania, República de Turquía y República de Indonesia.
 
 
2. Para participar en la prueba o realizar el curso de formación sobre conocimiento de legislación marítima española que permita ejercer los cargos de capitán o primer oficial de puente y cubierta los marinos tendrán la nacionalidad de algún país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo de acuerdo con el artículo 253.2 y la disposición adicional decimosexta, apartado 6.a), del Texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre, y el artículo 162 de Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
 
 
3. En caso de que durante el año en curso se firme un nuevo acuerdo con cualquier otro país de acuerdo con el artículo 70.b) del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, los marinos provenientes de ese país podrán presentarse al examen de acuerdo a esta resolución.
 
 
4. Podrán participar en la presente convocatoria los ciudadanos españoles y los ciudadanos de la Confederación Suiza que posean la mencionada titulación profesional, expedida igualmente en cualquier país de los mencionados anteriormente.

 

 

 

 

 

Fechas de celebración de pruebas sobre conocimiento de la legislación marítima española.

 

Convocatoria de abril:
Inicio de matrícula: 10 de febrero de 2026.
Cierre de matrícula: 25 de marzo de 2026.
Inicio de exámenes a partir de: 9 de abril de 2026.


Convocatoria de junio:
Inicio de matrícula: 15 de abril de 2026.
Cierre de matrícula: 27 de mayo de 2026.
Inicio de exámenes a partir de: 9 de junio de 2026.


Convocatoria de noviembre:
Inicio de matrícula: 1 de septiembre de 2026.
Cierre de matrícula: 16 de octubre de 2026.
Inicio de exámenes a partir de: 3 de noviembre de 2026.

 

MAS INFORMACION:

 

B.O.E 28/01/20206.