Ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+). Plazo: abierto
Ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+)
CONVOCA: Ministerio de industria y turismo
RESUMEN:
Las ayudas tienen como objetivo la adquisición directa y/o leasing/renting (renting en el caso de autónomos y empresas) de vehículos a motor electrificados.
Pudiendo adquirirse:
1.Turismos de hasta 9 plazas (categoría M1).
2.Furgonetas o camiones ligeros cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas (categoría N1).
3.Motocicletas, siempre que tengan velocidad de diseño superior a los 45 km/h, propulsadas exclusivamente
por motores eléctricos, homologadas como vehículos eléctricos, con una potencia del motor igual o
superior a 3 kW y una autonomía mínima de 70 km (categorías L3e, L4e y L5e).
4.Cuadriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg, no incluida la masa de las baterías,
cuya velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, y potencia máxima inferior o igual a 4
kW (categoría L6e).
5.Cuadriciclos pesados cuya masa en orden de marcha (no incluido el peso de las baterías) sea inferior o igual
a 450 kg en el caso de transporte de pasajeros y a 600 kg en el caso de transporte de mercancías, y que no
puedan clasificarse como cuadriciclos ligeros (categoría L7e).
REQUISITOS:
Adquirir:
a) vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda.
b) otros vehículos adquiridos a través de un concesionario o punto de venta del grupo fabricante/importador
cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya efectuado en España con fecha igual o posterior al 1
de enero de 2025.
PLAZO DE SOLICITUD: Abierto
MAS INFORMACIÓN: